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Violentadas trabajadoras domésticas
por Wilson Ibarra Martínez Wednesday, Mar. 26, 2003 at 12:09 AM

A partir del próximo primero de abril por disposición arbitraria del uribismo se elimina el subsidio para la salud y seguridad social de las las trabajadoras del servicio doméstico.

Una de las conquistas más significativas que han tenido las trabajadoras domésticas en Colombia, ha sido la ley 11 de 1988 y sus decretos reglamentarios. Conquista que lograron después de duras y heroicas batallas en el Congreso de la República. Humildes, sin padrinos políticos, con poca o ninguna formación académica, pero con el coraje que da el sufrimiento acumulado en años de explotación, alcanzaron con su unión y su lucha, el derecho a ser reconocidas como trabajadoras formales.

Esta ley les permitió tener acceso a la seguridad social integral, a través de un subsidio que el estado les otorga y que les cubre hasta el cincuenta por ciento, del valor del aporte que deben hacer para tener plenos derechos dentro del sistema de seguridad social integral, es decir tener acceso a una pensión, a estar protegida contra cualquier accidente laboral y estar protegidas ellas y su núcleo familiar en el sistema general de seguridad social en salud, como cualquier trabajador colombiano.

Pero cuando nace la Ley 100 de 1993 y se privatiza el sistema de seguridad social integral, comienza el calvario para este sector de la población. Las EPS privadas, las ven como un mercado no rentable, y les ponen todas las trabas posibles de acceso, la mayoría de las veces con la permisividad de las entidades de control y vigilancia.

Aún han logrado mantener el subsidio que les otorgó la ley 11 de 1988, a pesar de que en el gobierno de Pastrana, se suprimió por tres meses a través del Decreto 047, hasta que el Consejo de Estado se pronunció en derecho y suspendió el artículo 12 de dicho Decreto. En ese lapso de tiempo, obligaron a las trabajadoras a cotizar sobre un salario mínimo legal mensual vigente. Pero ¿quien se responsabilizó por los perjuicios causado durante el tiempo que estuvo vigente el decreto?, ¿Quién le devolverá la vida a los usuarios que murieron en ese tiempo?, ¿que EPS les ha devuelto los aportes que durante el tiempo en que estuvo vigente el Articulo pagaron demás las trabajadoras domesticas para no perder su condición de afiliadas como les exigían las EPS y que después el consejo de estado en su fallo obligaba a devolverlos a los aportantes?, ¿quien responde por las consecuencias irreversibles de tratamientos suspendidos a pacientes por esta misma causa?. Todos estos interrogantes seria bueno que se los hicieran los organismos de inspección, control y vigilancia del estado que tienen la función constitucional de velar por el estricto cumplimiento de la Ley.

Esa misma situación se comenzó a vivir esta semana cuando los medios de información comenzaron a difundir la noticia, que a partir del próximo primero de abril las trabajadoras del servicio doméstico tendrían que cotizar a salud, pensión y riesgo profesional, sobre un ingreso no inferior a un salario mínimo legal mensual vigente, ¿Cuando derogaron la ley 11 de 1988?, ¿En que momento el congreso decidió no incluir los dineros en el presupuesto de la nación para cubrir los subsidios que beneficiaban a las trabajadoras domesticas? ; en el presupuesto del 2003, están, por que fueron incluidos cuando se aprobó este presupuesto. ¿Que van hacer entonces con estos dineros, acaso no son dineros de destinación específica?

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