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TEMAS DEL TLC Y ACUERDOS DE LA OMC
by INDYMEDIA COLOMBIA •
Monday, May. 17, 2004 at 11:48 PM
Todos los países miembros de la OMC se comprometen a tomar todos los principios o acuerdos de la misma, y a aplicarlos en cualquier tipo de acuerdo regional o tratado bilateral. Los principios de la OMC son el fundamento de los temas que se abordarán durante la “negociación”. EL TLC es pues la aplicación y concreción extrema de los principios generales de la OMC sobre los cuales se efectuarán todos los contratos económicos. Estos son los temas de mayor importancia que abordará el TLC:
-ACCESO A MERCADOS: eliminará gradualmente los aranceles y las barreras no arancelarias para los productos norteamericanos. El Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio ( GATT con algunas modificaciones), es uno de los acuerdos centrales de la OMC. Teóricamente todos los países miembros de la OMC deben estar abiertos a las importaciones en cualquier sector; para eso deben reducir a cero no sólo todas las barreras arancelarias, sino también las barreras “no arancelarias”, esta categoría elástica engloba toda clase de normativa o reglamentación nacional.
- AGRICULTURA: eliminará los subsidios a la exportación para supuestamente no distorsionar el mercado. Además de quitar los aranceles a las importaciones súper subsidiadas de EU, no podemos subsidiar las nuestras. También, se busca fijar normas sanitarias y fitosanitarias adecuadas que “no restrinjan el comercio”. Las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, es un acuerdo de la OMC que hace referencia a los productos alimenticios y a algunos aspectos de la seguridad alimentaria, como pesticidas o transgénicos. Este acuerdo hace difícil la aplicación del principio de precaución según el cual, en caso de duda sobre la inocuidad de un producto, correspondería al vendedor / exportador demostrar dicha inocuidad, en adelante si un país tiene reservas acerca de la inocuidad de un producto, le toca al comprador/ importador demostrar sus dudas.
-INVERSIONES: Las disposiciones sobre inversión, que incluyen las inversiones de cartera, los préstamos, las inversiones directas y la propiedad inmobiliaria, constituirán el corazón del TLC. Los Estados se comprometerán a, en primer lugar, otorgar a los inversionistas extranjeros (la anhelada inversión extranjera de Uribe y la tecnocracia) y sus capitales un trato no menos favorable que el que otorgue a sus propios inversionistas en lo referente al establecimiento, adquisición, expansión, administración, conducción, operación, ventas y otras disposiciones de las inversiones. No se le podrá imponer requisitos de desempeño a las inversiones o a los inversionistas quedando prohibida cualquier disposición que obligue a: a) exportar un determinado porcentaje de bienes o servicios; b) alcanzar un determinado porcentaje de contenido nacional; C) adquirir u otorgar preferencia a bienes producidos o a servicios prestados en su territorio, o adquirir bienes de productores o servicios de prestadores de servicios en su territorio; d) relacionar el monto de las entradas en divisas asociadas con cierta inversión. El compromiso también implica la prohibición de imponer al inversionista que designe a individuos de alguna nacionalidad en particular para ocupar puestos de alta dirección.
- SERVICIOS: El comercio transfronterizo de servicios está sujeto al principio de trato nacional de la OMC. El Trato Nacional significa que cada una de las partes, otorgará a los prestadores de servicios de otra parte un trato no menos favorable que el que otorgue a sus prestadores de servicios. A este principio se le agrega el de presencia local, que impide exigir a un prestador de servicios extranjero que establezca una oficina de prestación de representación ni ningún tipo de empresa, o que sea residente en su territorio como condición para la prestación transfronteriza de un servicio.
-COMPRAS DE EMPRESAS O MONOPOLIOS DEL ESTADO: A fin de profundizar la liberación de los mercados de compras del sector público, las partes se comprometen a revisar todos los aspectos relativos a prácticas en cuanto a las compras del sector público a efectos de: incorporar otras empresas gubernamentales; y reducir las compras sujetas a excepciones legislativas o administrativas. Este conjunto de disposiciones no sólo está destinado a abrir el mercado de las compras del sector público a las empresas norteamericanas, que por sus dimensiones están en condiciones de desplazar a los proveedores locales en cualquier licitación, sino también a evitar que el poder de compra del Estado pueda ser utilizado con fines de política económica y social. Se estipula en el TLC que ninguna disposición impedirá a una parte constituir un monopolio.
- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: Si el mercado está guiado por una “mano invisible”, el comercio bajo la OMC se rige por la mano de hierro del Órgano de Solución de Diferencias (OSD), que encarga el poder coercitivo de la organización. En este tribunal impera la fuerza de las empresas multinacionales.
- PROPIEDAD INTELECTUAL: El acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el comercio (ADPIC)de la OMC cubre copyrights, artistas, productores de discos, emisiones de radio y televisión (broadcasting), marcas y patentes, indicaciones geográficas y denominaciones de origen, diseños industriales, secretos de fabricación y datos de investigación. En lo referente a las patentes se estipula que semillas, microorganismos y procesos microbiológicos son explícitamente patentables. Los países miembros de la OMC “pueden” excluir del derecho de patente plantas y animales, lo cual significa claramente que también pueden no excluirlos. Plantas, y animales se convierten así en patentables en todas partes, a no ser que el país proponga otro sistema. También se protege la producción y semillas de transgénicos.
- LABORAL: el principio de ventajas comparativas, se basa en que cada país debe especializarse en producir aquello para lo que está mejor dotado y en donde los factores de producción sean más abundantes. En este contexto, países pobres como Colombia se especializan explotando una “ventaja comparativa”: su mano de obra. Se pretenderán prohibir los sindicatos, la negociación colectiva, las huelgas, nada de salvaguardas sobre derechos relativos a horarios, condiciones de salud e higiene, trabajo infantil etc. Las compañías extranjeras buscan estas ventajas comparativas como requisito para invertir, y gobiernos como el nuestro buscaran siempre darles satisfacción.
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