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Justicia constitucional
por Iván Cepeda Castro
Sunday, Jul. 24, 2005 at 5:25 AM
fm_cepeda@yahoo.fr
La Corte Constitucional ha sido objeto de múltiples presiones
Uno de los acontecimientos más revolucionarios en la historia contemporánea del país es la aparición, y progresivo desarrollo, de una justicia constitucional. Se trata del comienzo de una ruptura tajante con la tradición de clientelismo judicial que se remonta, en los tiempos recientes, al período del Frente Nacional. El artículo 12 de la reforma constitucional del 1 de diciembre de 1957 —que legalizó este vicioso sistema— disponía: “Los cargos de la Corte Suprema de Justicia serán distribuidos entre los partidos políticos en la misma proporción en que estén representados en las cámaras legislativas”. De este modo, la composición de los órganos judiciales quedaba al gusto de las élites liberales y conservadoras, y la poca justicia independiente provenía de figuras individuales que hacían de la magistratura un ejercicio de resistencia a las presiones de la maquinaria bipartidista.
No es que hoy se hayan superado aquellos vicios. Sin ir muy lejos, el proceso de elección del nuevo Fiscal General demuestra que en Colombia la designación de las más altas dignidades del Poder Judicial sigue estando condicionada a predilecciones y presiones políticas. Sin embargo, en medio de este panorama de corrupción e impunidad en el sistema judicial, con la Constitución de 1991 apareció una vía para democratizar el acceso a la justicia, y para que vastas capas de la población encontraran procedimientos institucionales expeditos para obtener el reconocimiento de sus más elementales derechos. Esta concepción democrática de la administración de justicia se ha plasmado en la acción de tutela; recurso que además de cumplir una función judicial, ha sido el instrumento pedagógico que ha contribuido, por excelencia, a que millones de personas en Colombia se apropien de una cultura de la exigencia de los derechos humanos y del derecho humanitario.
Asimismo, la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha desarrollado el concepto del Estado Social de Derecho como fundamento de la Constitución de 1991, y ha señalado que la democracia como proyecto político se sustenta en los principios de la dignidad humana y sus manifestaciones concretas: la diversidad y la libertad. Esa misma noción de dignidad ha llevado a la Corte a ser categórica en el reconocimiento de las víctimas de crímenes contra la humanidad. En varias de sus sentencias, este tribunal ha afirmado que los individuos y grupos afectados por la violencia tienen el legítimo derecho a participar en los actos judiciales que les conciernen directamente, y que esa condición de sujetos se expresa en la necesidad de que actúen como parte civil en los procesos judiciales. Un criterio que seguramente será tomado en consideración al revisar la ley de impunidad recientemente aprobada por el Congreso de la República.
La Corte Constitucional ha sido objeto de múltiples presiones, legales e ilegales, que buscan acabar su poder democrático. Esas presiones se acentúan en la actualidad, cuando sus magistrados tienen que abordar dos decisiones cruciales para el destino del país: la revisión de la reelección presidencial y el control de la ley llamada de “justicia y paz”. Por eso, hoy más que nunca, se requiere el acompañamiento ciudadano a la independencia que este digno tribunal ha demostrado contra quienes quieren que la vieja tradición de la justicia clientelizada siga vigente en Colombia. Pues lo que está en juego en el debate sobre la impunidad no es un puñado de indemnizaciones y procesos judiciales, sino la lucha entre el espíritu democrático del Estado Social de Derecho y el modelo opresivo de poder de las redes mafiosas y corporativas.
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