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El misterio de la propiedad privada en Cuba
por Daniel Palacios
Monday, Oct. 01, 2007 at 11:53 AM
shamacubano@gmail.com
Características y retos de la propiedad privada en Cuba
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La caída del campo socialista en Europa del Este y la inestabilidad política de la URSS, desestabilizó grandemente nuestra economía. Los servicios en Cuba experimentaron un declive de un 85% y el PIB cayó estrepitosamente, lo que estimuló la toma de medidas para salvar la estabilidad económica de la Revolución.
Se produjo un lamentable desequilibrio entre los niveles de producción y consumo, incrementándose el espacio económico que incluye el intercambio de bienes y servicios no autorizados oficialmente.
A inicios del año 1990, con el descalabro de los países socialistas, el desmembramiento de la URSS y la retirada del CAME, comenzó el Período Especial. El país quedó sin los mercados de exportación fundamentales y los precios convenidos con la Unión Soviética y el CAME, además que nuestros volúmenes de importación se decrecieron ostensiblemente, cuestión ésta que nos ubicó en difícil situación económica, para lo cual se introdujeron medidas de estabilización macroeconómica y, por otro, se incorporaron cambios constitucionales de envergadura.
Desde mediados de 1993 hasta 1995 nuestro país entró en una etapa de profundas transformaciones estructurales, para lo cual se adoptaron medidas de política económica interna, encaminadas a recuperar los equilibrios macroeconómicos fundamentales, alterados por los desniveles entre la oferta y la demanda, que incluyen lo relativo a las relaciones laborales.
Posteriormente se inicia el saneamiento financiero interno, para reducir el déficit fiscal y el exceso de liquidez en manos de la población, tomándose para ello, unas series de medidas al respecto, y entre ellas, las dirigidas a aliviar las presiones en la contratación en el empleo.
Es así que en 1993, el Consejo de Estado aprobó el Decreto Ley 141, referido al ejercicio del trabajo por cuenta propia; en el mismo se amplían las posibilidades para este tipo de trabajo, determinando las actividades que podrán realizarse, la regulación de quienes pueden ejercerla, los requisitos y el ordenamiento, supervisión y control de dichas actividades, así como lo referido al registro de contribuyentes y los otros aspectos del Sistema Tributario[1].
Este cuerpo legal estableció que aquellos ciudadanos que trabajaran por cuenta propia, debían inscribirse en el Registro de Contribuyentes, previo el pago de los derechos correspondientes a dicha inscripción, cuya cuantía, forma de pago y demás condiciones, serían determinadas por el Comité Estatal de Finanzas.
Se establecía un impuesto sobre el ejercicio del trabajo por cuenta propia, y que consistía inicialmente en una cuota fija mensual, que estarían obligados a pagar, las personas que se inscribieran a tales efectos en el Registro de Contribuyentes.
Reguló la actividad por cuenta propia en solo cuatro artículos y en su único por cuanto se fundamentó su necesaria existencia, determinándose la aplicación del trabajo por cuenta propia en el que participan personas con aptitudes y posibilidades para ello. No se efectuó definición sobre el ejercicio de las actividades por cuenta propia en ese momento.
Por otro lado el Reglamento para el ejercicio del trabajo por cuenta propia fue puesto en vigor mediante la Resolución Conjunta No. 1 de 1996 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Finanzas y Precios. Establecía los requisitos para ejercer el trabajo por cuenta propia, especificando además las diferentes categorías de personas que podían ejercer la actividad.
Ya era necesario tomar medidas para mantener la estabilidad económica.
La Resolución Conjunta No. 1 de 1998 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Finanzas y Precios[2], modifica la de igual número del año 1996, e incorpora nuevas actividades que se pueden ejercer por cuenta propia. Con posterioridad a esta Resolución se promulgó el Decreto Ley 174 de 1997, que establece y determina lo referente a las contravenciones personales relativas al ejercicio de esta actividad.
Tiempo después, fue dictada la Resolución No. 11 del 2004 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, referida al Reglamento sobre el ejercicio del trabajo por cuenta propia, que establece las disposiciones que regulan el ejercicio para es tipo de trabajo, las actividades que pueden realizarse, así como el procedimiento para dicho ejercicio y su ordenamiento, supervisión y control.
De esta forma, como consecuencia de los cambios introducidos en la economía cubana, habían alcanzado un determinado peso el número de trabajadores independientes.
Dentro de esa categoría se encontraban los trabajadores por cuenta propia en las actividades autorizadas, propietarios de pequeñas fincas rústicas, trabajadores de los organopónicos, usufructuarios de tierras destinadas al cultivo del tabaco, café y cacao, pescadores privados, artistas plásticos artesanos, y los que realicen cualquier otra actividad remunerada sin relación de dependencia, que al igual que el resto de la población, tienen acceso gratuito a las prestaciones en servicios y en especies del régimen de seguridad social.
Nuestro Comandante ha señalado que esta forma de trabajo siempre existió pero se le fue poniendo cierto coto en un momento dado, incluso se prohibió.
Sobre la vigencia o importancia de la actividad por cuenta propia opinó en el VI Congreso de la FMC[3], lo siguiente: “se van desarrollando otras actividades por cuenta propia y seguirán ampliándose, por tanto, ha aumentado y seguirá creciendo la actividad por cuenta propia en nuestro país, es necesario aumentar el número de actividades del trabajo por cuenta propia, porque sino no hay empleo en las fábricas hay que buscar la posibilidad de que la gente tenga algún tipo de empleo, todo eso con orden y si ganan mucho que paguen los impuestos, porque es indispensable, hay que usar el impuesto”.
En ese momento se dio inicio a un movimiento laboral alternativo que asumió en gran parte la depresión económica cubana, y demostró que, aunque basado en estrategias capitalistas— por ende peligrosas, en tanto trabajan al filo de la enajenación emanada del dinero—, el trabajo por cuenta propia, controlado, era viable.
Con el posterior y paulatino restablecimiento de los índices económicos y sociales, el estado cubano fue poniéndose en condiciones de asumir los servicios. Estratégicamente se decidió eliminar poco a poco el número de trabajadores por cuenta propia y solo se dejaron activos aquellos que asumían sectores en los que el poder estatal no era favorable del todo.
La pequeña empresa particular, está demostrado, es directamente proporcional con la calidad de los servicios que presta, pues el elemento competitivo asume una elevación del valor cualitativo del servio.
Se trata entonces de valorar las posibilidades de promulgación de una legislación específica que amplíe las posibilidades y beneficios a los que desempeñan este tipo de actividad, y para ello es necesario reflexionar sobre la base de nuestras condiciones actuales, cuáles son las razones que lo aconsejan.
Si bien las circunstancias que hicieron regular de manera amplia en nuestro país las disposiciones relativas al trabajo por cuenta propia estuvieron sustentadas por situaciones coyunturales que hicieron extender los límites anteriormente concebidos, no es menos cierto que dichas condiciones se han prolongado en el tiempo, y existe un grupo poblacional que se ha mantenido en el ejercicio de esta actividad.
Si tenemos en cuenta que existen diferentes técnicas de protección en lo relacionado a la seguridad social del sector informal, consideramos que algunas de ellas pudieran ser aplicadas en el caso de nuestro país, para ofrecer determinada prestación a este tipo de trabajador sobre la base de un régimen contributivo (rectorado por la ONAT) que establezca los límites de las contribuciones a aportar por los trabajadores de este sector.
Este modelo tributario, amoldado a nuestras condiciones económicas y político-sociales, sería útil para mantener el necesario control de ingresos.
El trabajo por cuenta propia, como solución económica basada en el aprovechamiento del potencial mercantil particular, sostuvo en gran parte la economía en los momentos de aguda crisis en la década de los 90, y en los tiempos corrientes aseguraría— de experimentar una reapertura— que las en ocasiones profundas lagunas cualitativas y cuantitativas de los servicios públicos cubanos estrecharían sus lindes.
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