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Abogado Eduardo Carreño explica demanda contra acto legislativo de reelección de Uribe
por Álvaro Angarita
Wednesday, Jun. 25, 2008 at 1:03 PM
«Esperamos que la Corte anule el acto legislativo». Si se aprueba la revisión del fallo a favor de la reelección, se tendría que convocar a un nuevo proceso electoral, pero el Presidente tendría que renunciar, sostiene
Cerca de 12 organizaciones
entre las que
se cuentan el Colectivo
de Abogados Alvear Restrepo,
la Asociación de Juristas
Demócratas, la Corporación
Humanidad Vigente y el Colectivo
de Abogados Luis Carlos
Pérez, radicaron el 17 de junio
en la Corte Constitucional una
acción de revisión del acto legislativo
que reformó la Constitución
para permitir la reelección
presidencial. ONG de derechos
humanos como Justicia
y Paz, ANDAS y la Fundación
Manuel Cepeda, integran también
el abanico de demandantes
del acto reeleccionista.
Eduardo Carreño, destacado
jurista y vicepresidente del Colectivo
de Abogados explicó en
entrevista concedida a nuestro
semanario el
contenido y la
significación
del recurso interpuesto.
- ¿En qué
se fundamenta
la acción de revisión
del acto
legislativo que
produjo la reelección
del
presidente Álvaro
Uribe?
- En la existencia de por lo
menos tres delitos cometidos o
encubiertos después del fallo de
la Corte Constitucional del 19
de octubre de 2005. Tiene que
ver con la presentación que hizo
Miguel de la Espriella del pacto
de Ralito, que tiene consecuencias
jurídicas en relación
con congresistas que han implicado
investigación y condenas
de algunos de ellos. Eso es un
hecho público e incontrovertible.
El segundo tiene que ver
con otros paramilitares que
también hacen parte de la estructura
paramilitar, ejemplo
Mario Uribe. De todos estos que
han vinculado, en total son 65
de los cuales 34 están detenidos.
Algunos de ellos tienen sentencias
condenatorias o solicitaron
sentencias anticipadas aceptando
su responsabilidad. El tercer
elemento tiene que ver con la
compra de los votos en el proceso
de aprobación de la reelección
como es el caso de Yidis
Medina y Teodolindo Avendaño.
Igual, Yidis solicitó sentencia
anticipada y confesó su crimen.
Estos tres delitos implican
necesariamente que la Corte
Constitucional revise el fallo.
- ¿La Corte estaría ante el
dilema de aceptar la acción de
revisión o rechazarla? ¿No tendría
otra alternativa?
- No la tiene. Tiene que aceptarla
o rechazarla. Lo que nosotros
solicitamos conociendo la
legislación es que ellos apliquen
por analogía el
recurso extraordinario
de revisión
que existe en
materia penal, civil
o administrativa.
Y revise su
sentencia, porque
los hechos delictuosos
existen y
son de público
conocimiento. Si
la Corte no acepta
la revisión implica
imponer la tesis según la
cual el crimen es la fuente del
derecho en Colombia.
El presidente Uribe cuando
era senador demandó la aprobación
del presupuesto por dietas
parlamentarias con argumentos
similares. Está en el
texto de la demanda. Ahí hay
unas citaciones en las cuales
argumenta que los electores
son constreñidos en las regiones
cuando los parlamentarios
tienen presupuestos destinados
para la compra de votos mediante
mecanismos sutiles
como obras o de actos, frente a
los aspirantes que no tienen
este presupuesto.
- ¿Y si la acepta?
- Si la acepta, que es la tesis
correcta, implica que se sustente
probatoriamente, decretando
no solamente las pruebas
que nosotros aportamos, sino
las que ellos consideren pertinentes
para que tengan suficientes
elementos de juicio
para revisar el fallo y decir si
la aprobación de la reforma
constitucional que aprueba la
reelección fue lícita o no. Explico,
si en las comisiones primeras
de Senado y Cámara votaron
tantos senadores y tantos
representantes, y la mayoría de
ellos eran paramilitares, eso
implica que esos votos eran ilegales,
ilegítimos, lo que implica
que el acto aprobado es nulo.
- ¿El hecho que la Comisión
de Acusaciones sea la instancia
para investigar al Presidente,
no dificulta un fallo
de la Corte Constitucional que
afecta directamente al Primer
Mandatario?
- La investigación penal en
instrucción, constitucionalmente
es en la Comisión de
Acusaciones de la
Cámara y el juicio
se desarrolla
ante el Senado.
Eso es distinto, es
por la comisión
de delitos que el
Presidente hubiera
cometido en el
ejercicio de su
cargo. Pero aquí,
para los efectos
nuestros, tiene
que ver con el cohecho, y la
Corte y su Sala Penal ya ofició
para que se hiciera esa investigación.
Lo que nosotros creemos
es que la investigación termina
en nada por las relaciones
políticas que hay en esa comisión,
donde la mayoría son
uribistas.
- ¿Suponiendo que un fallo
de la Corte inhabilite la primera
reelección, cómo queda
la propuesta para una segunda
reelección presidencial?
- Simplemente no es viable.
Si se aprueba por parte de la
Corte Constitucional la revisión
del fallo, implica
que se defina que
se tiene que convocar
necesariamente
a un nuevo
proceso electoral
y establecer un
mecanismo transitorio
para que eso
se haga. Pero, el
Presidente tendría
que salir del cargo
automáticamente.
- ¿En qué tiempo puede
darse una respuesta de la Corte
sobre la acción de revisión
solicitada?
- Vamos a tratar que sea lo
más rápido posible, pero eso no
es tan fácil. De acuerdo al volumen
de trabajo que tienen, se
van a tomar su tiempo. Además,
políticamente esto lleva tiempo.
Vamos a solicitar que se aplique
el reglamento. También
vamos a pedir coadyuvancias a
nivel nacional de todos los ciudadanos
que quieran demandar,
porque nos parece que los colombianos
tienen que pronunciarse,
porque si prospera la tesis
de que el crimen es la fuente
del delito y la justicia en Colombia,
pues simplemente se
acabaron los valores de defensa
del precario Estado de derecho
o del precario Estado democrático
que hay. Los paramilitares
legislaron en el 2002 y
en el 2005 siendo delincuentes.
Ellos impidieron en las regiones
que otros grupos políticos
participaran en el proceso. Incluso,
hubo zonas donde hubo
candidato único. Esos votos no
fueron libres, fueron constreñidos
y se impidió a otros ejercer
su derecho al voto.
- ¿Definitivamente, qué esperan
las organizaciones demandantes?
- Esperamos que la Corte revise
y anule el acto legislativo.
www.geocities.com/vozxcol/voz.pdf
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